Visa P para artista o deportista para actuar o competir en Estados Unidos

Visa americana para artistas y deportistas

Japanese visa on french passport
Philippe TURPIN / Getty Images

Los artistas y los deportistas pueden solicitar la visa P para actuar o competir en Estados Unidos con carácter temporal.

Son visas no inmigrantes que no deben confundirse con las de tipo O para personas con habilidades excepcionales.

En este artículo se explican quiénes pueden solicitar esta categoría de visas, las distintas modalidades, cómo se tramita, duración de la estancia y otras alternativas de visa.

Quiénes pueden solicitar estas visas

Artistas o deportistas que actúan o compiten individualmente o también cuando forman parte de un grupo o un equipo, como por ejemplo, coros, grupos de baile u orquestas.

Tipos de visa

Dependiendo de las circunstancias concretas de cada caso hay cuatro tipos de visas P.

En primer lugar, la visa P1 es para artistas y deportistas que gozan de prestigio internacional en su campo y desean viajar a Estados Unidos para actuar o competir. En el caso de grupos artísticos es preciso poder demostrar una antigüedad mínima de un año en el conjunto.

Asimismo, también deberán solicitar visa P1 los artistas que no formando parte del grupo los acompañan formando parte del mismo espectáculo. Cada año fiscal pueden concederse un máximo de 25,000 visas P1.

Curiosamente los jugadores profesionales de videojuegos como deportistas de élite y está concediendo visas P-1 para competir en EEUU.

En segundo lugar, la visa P2: para artistas que actúan en solitario o forman parte de un grupo para actuar dentro de un programa de intercambio cultural entre Estados Unidos y otro país.

En tercer lugar, la visa P3: para artistas que actúan solos o forman parte de un conjunto y que desean ingresar a Estados Unidos porque son parte fundamental de un espectáculo, o porque van a enseñar o entrenar en un programa cultural único.

Resaltar que en la P3, a diferencia de lo que ocurre con la P1, no se exige que los artistas que conforman un grupo lleven más de un año juntos.

Finalmente la visa P4: las personas que obtengan una visa P1, P2 o P3 podrán viajar a Estados Unidos acompañados por sus cónyuges e hijos menores de 21 años, quienes deberán solicitar un visado P4. No están autorizados a trabajar pero pueden estudiar mientras dure su estancia. Su visa es derivada en el sentido de que no durará más que la de la persona de la que dependan.

También tener en cuenta que en determinados casos se puede pedir también una B-1 para los empleados domésticos de una visa P.

Cuándo no es necesario pedir una visa P

Hay que destacar que los miembros de grupos musicales principiantes que no van a recibir pago alguno por su actuación en Estados Unidos no necesitan solicitar una visa P, bastará con una de turista e incluso ninguna para el caso de los nacionales de un país acogido al Programa de exención de visas, como es el caso de los españoles o chilenos.

Esto es así incluso en los casos en los que cobran un importe destinado a reembolsar exclusivamente los gastos de alojamiento y transporte. Sin embargo, si cobran dinero por su trabajo, aunque sea una cantidad pequeña, SI deben obtener la visa P y se considera un fraude de ley trabajar y cobrar cuando se ingresa a Estados Unidos como turista.

Es más, los oficiales migratorios pueden impedir el ingreso si se considera o sospecha de que se va a cobrar por la actuación

Cómo se inicia el proceso para solicitar la visa P

El trámite para las visas P lo inicia el empleador en Estados Unidos, que deberá enviar debidamente cumplimentada la forma I-129 al Centro de Servicio del USCIS que corresponda.

Si la petición es aprobada se notificará, por un lado, a la oficina consular donde deban solicitarse las visas y, por otro, al empleador, que recibirá la forma I-797.

Tramitación de la visa ante el consulado

Sólo una vez que la petición ha sido aprobada por el USCIS y el empleador ha recibido la forma I-797 podrá solicitarse la visa ante la oficina consular correspondiente.

Las especificaciones pueden variar de consulado a consulado por lo que conviene verificar la información reseñada en la página web de la oficina de representación de Estados Unidos en cada país. Checar bien si es necesario hacer alguna llamada a un número en particular al tratarse de visas para grupos.

En líneas generales se va a pedir:

  • Que como primer paso se rellene electrónicamente la forma DS-156.
  • Una fotografía que reúna las especificaciones exigidas.
  • Abono de la cuota o arancel de la visa.

El día de la cita para la entrevista llevar toda la documentación exigida por la página web del consulado. Seguro es necesario llevar el pasaporte actual y los pasados, pero se puede requerir más documentación.

Las visas pueden negarse por muchas razones que son clasificadas dentro de dos grandes categorías. En primer lugar, las que convierten a una persona en inadmisible para ingresar a Estados Unidos y otras que la convierten en inelegible para la visa no inmigrante.

Estancia en Estados Unidos

Los titulares de una visa P sólo podrán permanecer en Estados Unidos por el tiempo que están autorizados. Para ello lo fundamental no es fijarse en la fecha de la visa, sino en la del documento conocido como I-94.

Si se desea extender la estancia, entonces el empleador deberá solicitarlo al USCIS rellenando la forma I-539.

También es posible realizar sustituciones en los miembros que componen el grupo. Pero el empleador debe solicitarlo al USCIS.

Otras opciones a la visa P

Estados Unidos brinda diferentes tipos de visas que permiten trabajar en el país. Cada tipo de visa tiene sus propios requisitos y es necesario cumplirlos todos. Es importante familiarizarse con ellas y también conocer cuáles son todos documentos que permiten trabajar legalmente en los Estados Unidos.

Trabajar ilegalmente puede ser causa de revocación de la visa, expulsión inmediata, prohibición de ingresar a Estados Unidos o deportación.

Este es un artículo informativo. No es asesoría legal.

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Rodríguez, María. "Visa P para artista o deportista para actuar o competir en Estados Unidos." ThoughtCo, Feb. 16, 2021, thoughtco.com/visa-p-para-artistas-y-deportistas-1965310. Rodríguez, María. (2021, February 16). Visa P para artista o deportista para actuar o competir en Estados Unidos. Retrieved from https://www.thoughtco.com/visa-p-para-artistas-y-deportistas-1965310 Rodríguez, María. "Visa P para artista o deportista para actuar o competir en Estados Unidos." ThoughtCo. https://www.thoughtco.com/visa-p-para-artistas-y-deportistas-1965310 (accessed March 29, 2024).