Visas G-4 para trabajar en organizaciones internacionales en EE.UU.

Edificio de Naciones Unidas en Nueva York.
Visa G-4 para trabajar en organizaciones internacionales con sede en EEUU, como la ONU. Foto de Doug Armand. Getty Images.

La visa G-4 permite a una persona extranjera vivir en Estados Unidos para trabajar en una organización internacional como la ONU, el FMI o la OEA.

En comparación con otras visas de trabajo, la G-4 ofrece notables ventajas en materia de límite de tiempo, impuestos y familiares que pueden acompañar a su titular. Tiene cierto parecido con la visa A para diplomáticos pero es diferente.

Quiénes pueden solicitar la visa G-4

Los extranjeros con contrato de trabajo en una organización internacional ubicada en EE.UU.

Además, este mismo tipo de visa se otorga a las personas que conforman el hogar familiar de la persona contratada: su cónyuge, los hijos de cualquier edad, los hijos de la pareja y, en algunos casos muy limitados, los padres e incluso otros familiares cercanos.

Validez de la visa G-4 y transfer

La visa G-4 es válida por el tiempo que señala la misma. Además, se puede prorrogar sucesivamente sin límite de años. En los 60 días anteriores a que la visa expire, se tramita su extensión sin necesidad de salir del país.

Se puede transferir de una organización internacional a otra, por ejemplo, de trabajar en Naciones Unidas pasar a ser un empleado del Fondo Monetario Internacional. Para ello debe cancelarse con el Departamento de Estado la registración con la institución original y registrarse con la nueva.

Permiso de trabajo para familiares de titulares visa G-4

En algunos casos, los familiares que acompañan a EEUU a la persona contratada por la organización internacional pueden trabajar. Para ello necesitan obtener previamente un permiso de trabajo, que se conoce por las siglas EAD.

Debe solicitarse al USCIS, que sólo los concede en los casos de nacionales de países que tienen un tratado de reciprocidad con Estados Unidos.

Los permisos de trabajo se aprueban para el cónyuge o pareja, los hijos solteros menores de 21 años, o de 23 si están estudiando a tiempo completo en la universidad. Si tuviesen una minusvalía física o mental no se aplica el límite de edad, siempre y cuando sean solteros.

Por otra parte, los hijos de extranjeros con visa G-4 pueden estudiar la educación primaria y secundaria. Para los recién llegados, estos son las reglas básicas del sistema educativo de los Estados Unidos.

Impuestos de titulares de la visa G-4

Además, otra de las ventajas de la visa G-4 es que no se tributa en EEUU el impuesto sobre la renta (income tax) por el salario pagado por la organización internacional.

Tramitación de la visa G-4 y de su extensión

Una vez que se ha encontrado una organización internacional que ofrezca un trabajo al que se puede aplicar, debe conseguirse que esté de acuerdo en contratar. Una vez que se tiene la oferta de contrato ya debe iniciarse el proceso ante una oficina consular de los Estados Unidos..

Si la persona contratada se encuentra en Estados Unidos deberá también tramitar la visa en un consulado y salir del país para obtenerla, ya que no se puede hacer este trámite dentro del país salvo en casos limitadísimos como el de los estudiantes internacionales con una visa F-1 en prácticas en la organización internacional que ahora los contrata con una G-4. En estos supuestos podría ser posible cambiar la visa a través del USCIS.

Se debe pedir una cita y los documentos a presentar son el DS-160, un pasaporte válido por al menos medio año y una carta de la organización internacional ofreciendo la contratación y fotos. Como regla general, no es necesario presentarse a una entrevista y las tasas de la visa no se pagan.

Las oficinas consulares pueden pedir información y documentación adicional, dependiendo de cada caso. 

Estas visas se caracterizan por ser tramitadas inmediatamente. En cuanto a su validez, si una persona contratada con una visa G-4 se retira o es despedida debe abandonar EEUU en un periodo de 60 días junto con los familiares inmediatos también titulares de ese tipo de visado.

Y en estos casos, si se sale de EEUU no se puede volver a entrar, aunque la fecha de vigencia de la visa siga siendo válida.

En cuanto a la renovación, si el titular de una visa G-4 debe renovar la visa y está presente en EE.UU. puede contactar con la Diplomatic Liaison Division del Departamento de Estado o con la Misión de EE.UU. ante Naciones Unidas, ya que en muchos casos es posible renovar la visa a través de esas oficinas llenando el formulario online DS-1648.

Finalmente, cabe destacar que, en general, los maestros de la escuela internacional de Naciones Unidas no se consideran plantel de dicha organización internacional, por lo tanto no pueden beneficiarse de esta visa. Pero puede ocurrir que la ONU solicite expresamente una G-4 a una persona en particular y el consulado correspondiente puede aprobarla pero no es la regla general.

Tributación por parte de ciudadanos que trabajar en organización internacional en EE.UU.

Por supuesto que los ciudadanos estadounidenses, los residentes permanentes legales y las personas con permiso de trabajo en los EEUU no necesitan una visa G-4 para trabajar en una organización internacional.

En cuanto al pago de impuestos por el salario recibido por la organización internacional, debe tributarse de una forma especial.

La visa G-4 como camino a la green card

La G-4 puede ser un puente hacia la residencia permanente tanto durante la vida laboral de una persona como tras su jubilación. En este último caso si la persona ha vivido al menos 15 años en EEUU y, de ellos, tres y medio los ha residido en los siete años anteriores a retirarse, puede solicitar la green card para sí misma y para su cónyuge en los seis meses siguientes a su último día de trabajo.

Otras opciones para trabajar en Estados Unidos

Para trabajar legalmente es necesario tener una situación migratoria que lo permita. Por ejemplo, porque se es ciudadano americano, residente permanente legal, se tiene una visa de trabajo o se está en una situación que permite solicitar y obtener un permiso de trabajo.

Tener en cuenta que trabajar cuando no se está autorizado es una violación migratoria y, si las autoridades se enteran o lo sospechan dará lugar a que se cancele la visa.

Frecuentemente, la persona se entera de que su visa es revocada cuando intenta regresar a Estados Unidos después de un viaje a otro país y se encuentra con la desagradable sorpresa de que no la dejan entrar a país y la envían de regreso a su lugar de procedencia. 

Puntos Clave: Visa G-4

¿Para quién es?: extranjeros con contrato de trabajo en una organización internacional ubicada en EE.UU.

El titular de la visa G-4 ¿puede obtener visa para familiares?: sí, en general para el cónyuge, compañero doméstico e hijos solteros menores de 21 años. En algunas circunstancias, ese círculo de familiares puede ampliarse. Pueden trabajar en EE.UU. y estudiar.

El titular de la visa G-4, ¿paga impuestos en EE.UU.?: No.


Este artículo es meramente informativo. No es asesoría legal .

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Rodríguez, María. "Visas G-4 para trabajar en organizaciones internacionales en EE.UU." ThoughtCo, Aug. 26, 2020, thoughtco.com/visas-g4-trabajar-en-organizaciones-internacionales-1965316. Rodríguez, María. (2020, August 26). Visas G-4 para trabajar en organizaciones internacionales en EE.UU. Retrieved from https://www.thoughtco.com/visas-g4-trabajar-en-organizaciones-internacionales-1965316 Rodríguez, María. "Visas G-4 para trabajar en organizaciones internacionales en EE.UU." ThoughtCo. https://www.thoughtco.com/visas-g4-trabajar-en-organizaciones-internacionales-1965316 (accessed March 29, 2024).