¿Qué se puede hacer cuando niegan la residencia por matrimonio?

Manos de recién casados con anillos de matrimonio
El matrimonio con ciudadano de EE.UU puede tener importantes efectos migratorios.  Foto de Katrine Juuil. EyeEm. Getty Images

Cuando un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal solicita la tarjeta de residencia –también conocida como green card– para su cónyuge extranjero, en un altísimo índice de casos las autoridades migratorias aprueban la petición. Sin embargo, puede negarla por más de 40 causas.

Qué se puede hacer cuando el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS, por sus siglas en inglés) o una oficina consular rechazan aprobar la solicitud de la residencia para cónyuge extranjero depende de la causa el problema.

La solución puede consistir en presentar una nueva solicitud, dejar pasar el tiempo de un castigo, solicitar y obtener la aprobación de una waiver, también conocido como perdón o permiso o, en otras situaciones, no habrá nada que se pueda hacer.

Lo conveniente es evitar caer en las causas que generan los problemas al presentar la solicitud y pedir el perdón –si fuera necesario– en el momento correcto.

El perdón en peticiones de tarjeta de residencia por matrimonio

  • Solo cuando la negación de la tarjeta de residencia es por una causa de inadmisibilidad cabría la posibilidad, dependiendo del caso, de solicitar un perdón. Si la razón para negar la tarjeta de residencia es otra distinta a la inadmisibilidad, la solución será otra.
  • Perdón, waiver o permiso significa lo mismo en este contexto. No siempre es posible solicitarlo y aunque exista la posibilidad, no siempre Inmigración lo aprueba.
  • En cuanto al momento de pedir el perdón, si la petición de tarjeta de residencia se realiza mediante ajuste de estatus, puede presentarse al iniciar la solicitud o durante la entrevista. Por el contrario, si se sigue el proceso consular, el perdón se solicita en el momento de la entrevista.
  • Solicitar más de un perdón puede ser necesario, dependiendo del caso.

A continuación, las causas más comunes que dar lugar a la negación de la solicitud de la tarjeta de residente y cómo es posible solucionar el problema y en qué momento se debe tomar acción.

Patrocinador no puede solicitar papeles para cónyuge

Según la ley, los ciudadanos estadounidenses no pueden solicitar los papeles para sus esposos cuando han sido condenados por un delito comprendido en la ley Adam Walsh, en aplicación de la Ley de Inmigración y Ciudadanía, sección 204(a)(l)(A)(viii).

En esa ley están incluidas todas las conductas que supongan una ofensa sexual contra un menor de edad, incluidos posesión, producción o distribución de pornografía infantil, utilizar internet para facilitar un encuentro criminal sexual con un menor y cualquier tipo de práctica sexual.

Además, también están incluidos el secuestro o el encierro de un menor. En estos dos supuestos existe una excepción, si el condenado es el padre o la madre del menor que es la víctima.

En estos casos contemplados en la ley Adam Walsh nada se puede hacer para levantar la negativa a la aprobación de la green card.

Incumplimiento requisito recursos mínimos para patrocinar

La petición de green card no será aprobada si el ciudadano o el residente permanente no tiene recursos económicos suficientes para patrocinar, según los mínimos que marca la ley.

En 2019, los ingresos requeridos para familias conformadas únicamente por el cónyuge ciudadano o residente y esposo extranjero son los siguientes:

  • No militar en Alaska: $26.412
  • No militar en Hawaii: $24.325
  • No militar en el resto de los estados: $21.137
  • Militar en Alaska: $21.130
  • Militar en Hawaii: $19.460
  • Militar en el resto de los estados: $16.910

Si la unidad familiar cuenta con más miembros, los requisitos incrementarán proporcionalmente.

Probar que se tienen ingresos para patrocinar puede resultar especialmente difícil para el ciudadano que recientemente ha vivido fuera de los Estados Unidos y no cuenta con tax returns ni nóminas recientes para demostrar sus ingresos.

Si el patrocinador no alcanza ese mínimo de ingresos deberá buscar uno o varios copatrocinadores que firmen la declaración de sostenimiento, también conocido como affidavit of support. En caso contrario, la green card será negada.

Incumplimiento de requisitos sobre validez del matrimonio

Estados Unidos admite un matrimonio civil o religioso, entre personas del mismo sexo o entre un varón y una mujer, siempre que sea legal y válido según las leyes del lugar en el que se celebra.

Se recomienda evitar los matrimonios de common law en los estados que sí lo admiten como, por ejemplo, Texas ya que podrían ser difíciles de demostrar para las autoridades migratorias.

También deben evitarse los matrimonios por poderes ya que la consumación del matrimonio es un requisito para que produzca efectos migratorios.

Por otro lado, Estados Unidos no admite los casos de bigamia, aún cuando sean legales en el país de origen de uno o ambos miembros del matrimonio. En caso de que alguno de ellos hubiera estado casado con anterioridad deberá probar que el matrimonio finalizó por anulación, fallecimiento o divorcio.

Petición incompleta

En este apartado pueden darse varios supuestos como, por ejemplo, falta de firma en algún documento, pago insuficiente de la tarifa que corresponde a cada planilla migratoria, falta de respuesta a todas las preguntas de los formularios, no presentarse a una entrevista, incumplimiento de requisitos de formato y forma de fotos, etc.

Para evitar este problema, asegurarse de cumplir con todas las especificaciones de los formularios y responder N/A a todas las preguntas que no sean de aplicación para el caso.

En algunos casos, las autoridades migratorias enviarán una carta en forma de Request of Evidence o Note of Intent to Deny para intentar solucionar el problema. En otros, simplemente cerrará la petición. Para reabrir la petición será necesario iniciar desde el principio la solicitud y pagar de nuevo.

Prohibición de 2 años a titulares de visa J-1

Las personas que han tenido una visa de intercambio J-1 pueden encontrarse con la obligatoriedad de residir dos años fuera de los Estados Unidos al acabar su programa. Esta obligación aplica incluso en los casos en los que de buena fe esa persona extranjera se casa con un ciudadano o un residente permanente.

La solución a este problema pasa por, primero, averiguar si esa prohibición aplica en el caso particular del programa que ha gozado la persona, ya que no aplica a todos ellos.

Si aplica, en algunos casos es posible pedir una waiver. Si no se puede obtener, la solución es pasar los dos años fuera de EE.UU. Al transcurrir ese tiempo, la petición de la tarjeta de residencia será aprobada.

Aplicar por la tarjeta de residencia antes de tiempo

Cuando un turista se casa en EE.UU., se queda en EE.UU. y a continuación su cónyuge ciudadano solicita la green card para él o ella, la residencia puede ser negada por fraude de ley. Esto es así porque la persona extranjera ingresó al país con la intención de ser turista, no de convertirse en un inmigrante.

La solución es dejar pasar al menos 90 días antes de solicitar la green card. Este plazo fue ampliado recientemente durante la administración del presidente Donald Trump.

La otra solución es salir de EE.UU. después del matrimonio y seguir un proceso ordinario de petición de cónyuge por procedimiento consular.

Esta situación no solo aplica a los novios de ciudadanos, sino también a sus cónyuges. Por ejemplo, Margarita Pérez es ciudadana estadounidense y ha vivido los últimos 10 años en Venezuela, donde se casó hace 7 años con el venezolano Juan García.

En un viaje de la pareja a EE.UU. deciden quedarse y al mes de ingresar al país Margarita pide la tarjeta de residencia a su esposo –que ingresó con visa de turista. Ahí puede haber un problema grave por considerar Inmigración que Juan entró a los Estados Unidos en fraude de ley.

La solución es la misma que con los novios que se casan cuando uno es turista: dejar pasar al menos 90 días. Es importante que se trate de una intención sobrevenida, que Inmigración no pueda decir que desde el principio la idea era quedarse en EE.UU.

La otra opción que tendría Margarita sería seguir el camino ordinario y pedir al esposo, quien debería esperar en el extranjero por su visa de inmigrante.

Por último, si ya hay una denegación por fraude de ley, podrá pedirse un perdón, pero es difícil de obtener y se recomienda asesorarse con un abogado especialista.

Entrar con visa K-1 y casarse con persona distinta a patrocinador

Las visas K-1 permiten ingresar a Estados Unidos a los novios de ciudadanos para casarse en los 90 días siguientes y proceder, a continuación, a solicitar un ajuste de estatus para obtener la green card.

En estos casos el matrimonio debe ser con el ciudadano que patrocinó al prometido extranjero. Si se casa con una persona distinta, aunque sea también ciudadana estadounidense, no podrá arreglar los papeles ya que se trata de un fraude de ley.

La solución es salir de EE.UU. antes de cumplir los 90 días de estancia en el país e iniciar una petición realizada por la nueva pareja, esperando fuera del país durante los trámites.

Si hay una decisión de fraude de ley, es necesario pedir un perdón y no es fácil obtenerla.

Carga pública

Un cambio en la política migratoria ha tenido como consecuencia que en los últimos dos años se negaran por causa de carga pública más de 13.000, visas tanto no inmigrantes como inmigrantes.

Lo habitual era que, salvo en casos extremos, esta causa de negación de la green card no afectara a las peticiones con patrocinador, como es el caso de solicitudes presentadas por cónyuge.

Ahora ya no es así y se niega tanto la visa de inmigrante como el ajuste de estatus por razones como utilización en el pasado de recursos públicos, edad, enfermedad o discapacidad, niveles educativos bajos, falta de experiencia laboral, etc.

Si se cree que puede haber un problema de esta naturaleza es conveniente asesorarse con un abogado para presentar evidencia extra para demostrar que la persona pedida no está en riesgo de convertirse en una carga para el gobierno.

No hay posibilidad de solicitar un perdón en los casos de carga pública.

No presentarse a audiencia en caso de deportación

Si una persona no se presentó en los últimos cinco años a una audiencia (hearing, en inglés) por un caso de deportación, no puede ajustar su estatus por matrimonio.

Si está fuera de EE.UU. y salió voluntariamente dejando una orden de deportación pendiente, deberá cumplir los años de castigo. Es posible en estos casos solicitar un perdón I-212, que dependerá de varios factores para ser aprobado.

Antes de iniciar cualquier trámite migratorio es esencial conocer si se tiene una orden de deportación pendiente dictada en ausencia.

Mentir, tergiversar o falsificar (misrepresentation, en inglés)

De acuerdo a INA, sección 212(a)(6)(C)(i), esta situación ocurre cuando se ha mentido o se ha presentado documentación falsa para obtener un beneficio migratorio o una visa.

Sería posible solicitar un perdón bajo INA sección 212(i) solo cuando se pueda demostrar que, en caso de no aprobar la petición de green card, el cónyuge que es ciudadano o residente permanente sufriría dureza extrema. Y aún pudiendo demostrar esta situación, las autoridades migratorias deciden bajo su total discrecionalidad sobre la aprobación del perdón.

Este es un perdón muy difícil de obtener por lo que la solución es, obviamente, no mentir en documento migratorio o para solicitar la visa ni presentar documentos falsos. Si la opción es solicitar el perdón, debería haber asesoramiento previo por parte de un abogado experto.

Además, cabe destacar que si la mentira ha consistido en hacerse pasar por ciudadano estadounidense sería posible pedir un waiver solamente en los casos más extraordinarios, en aplicación de INA 212(a)(6)(C)(ii). Esta es una situación prácticamente imposible de solucionar porque se trata de lo que en Inmigración se conoce como una prohibición permanente (permanent bar, en inglés).

Imposibilidad de ajustar el estatus

Los cónyuges de ciudadano o residente que están en EE.UU.no siempre pueden ajustar su estatus y adquirir así la green card. Por ejemplo, las personas que ingresaron al país con una visa C1/D para tripulación.

Tampoco pueden los cónyuges de residentes que están en situación de ilegalidad. En cuanto a los esposos de ciudadanos los únicos que no pueden ajustar su estatus son los que ingresaron ilegalmente a EE.UU. En otras palabras, los cónyuges de ciudadanos que están ilegalmente pero ingresaron al país pasando por un control migratorio sí pueden obtener su tarjeta de residencia mediante un ajuste de estatus.

La solución a este problema de no poder ajustar el estatus es salir de EE.UU. y arreglar los papeles mediante un proceso consular. Sin embargo, en algunos casos esta solución solo agrava el problema por ejemplo en los casos de estancia ilegal en EE.UU. por periodo superior a 180 días que puede activar el castigo de los 3 o de los 10 años en el momento en que se sale del país.

Otra solución es solicitar y obtener la aprobación antes de salir de EE.UU. del perdón I-601A, aplicación para waiver provisional por presencia ilegal. Aunque todavía es necesario salir de EE.UU. para una entrevista en un consulado como requisito para obtener la visa de inmigrante para la tarjeta de residencia, se llevaría ya en mano el perdón para evitar quedarse esperando por años fuera de los Estados Unidos.

Este perdón debe solicitarse cuando se presentan los papeles para solicitar la tarjeta de residencia, si no se hace en ese momento, la otra opción es durante la entrevista, pero retrasaría los trámites.

Presencia ilegal previa

Como se ha explicado en el apartado anterior, la presencia en situación de ilegalidad en Estados Unidos puede causar problemas una vez que se sale del país.

Por aplicación de INA sección 212(a)(9)(B) aplica el castigo de los 3 o 10 años las personas que han estado ilegalmente en EE.UU. por más de 180 días.

Las que han estado más de seis meses pero menos de 1 año no pueden regresar a EE.UU. antes de que transcurran 3 años, a contar desde la fecha de su salida que debe haber sido voluntaria, es decir, no una deportación.

Los que han estado ilegalmente por más de 1 año y han salido de EE.UU. voluntariamente no pueden regresar antes de 10 años a contar desde el día que salieron del país.

A esta regla general hay excepciones, por ejemplo no computa como días de ilegalidad los transcurridos antes de cumplir 18 años, tampoco los transcurridos desde que se obtuvo la aprobación de la DACA para los muchachos que les aplique, etc.

La consecuencia de esta regla del castigo de los 3 y de los 10 años es que los cónyuges extranjeros casados en matrimonios reales con ciudadanos o residentes, incluso con hijos en común y puede que nacidos en EE.UU., no pueden arreglar los papeles mientras no transcurra el tiempo de castigo ya que se le negará la visa de inmigrante en la entrevista en el consulado.

Una vez que se ha cumplido ese tiempo fuera de EE.UU. sí se aprobará la petición de la tarjeta de residencia si la estancia ilegal era el único problema.

En algunos casos extraordinarios será posible pedir y obtener un perdón que se conoce como I-601 y regresar a EE.UU. antes de cumplir el castigo de los 3 o de los 10 años. Para solicitar y obtener este perdón es necesario demostrar que el cónyuge ciudadano o residente que ha presentado la solicitud para la tarjeta de residencia de su esposo extranjero sufre una dureza extrema por esta separación.

Puede presentarse la solicitud de perdón en la entrevista en el consulado.

Matrimonio de conveniencia

Las autoridades migratorias de EE.UU. no aprobarán ninguna petición de tarjeta de residencia si sospechan que el matrimonio es falso y tiene como único objetivo que el cónyuge extranjero saque la green card.

Para determinar si están ante un matrimonio falso, las autoridades se fijan en situaciones como:

  • diferencia de edad, educación o clase social
  • distintas religiones
  • origen en un país con altos índices de matrimonios de conveniencia
  • distintas razas
  • los cónyuges no hablan el mismo idioma
  • no comparte domicilio ni propiedades ni cuentas bancarias
  • se han casado inmediatamente después de conocerse
  • el cónyuge que pide los papeles es pobre
  • cualquiera de los cónyuges tiene un historial de felonías o mentiras
  • previas peticiones de green card para otro cónyuge

Para demostrar que el matrimonio es de buena fe es conveniente guardar todo tipo de documentos, fotos, recibos, etc que puedan servir para probarlo. Además, es importante que todo lo que se declara en las entrevistas guarde consistencia con lo que se ha afirmado en los documentos y planillas que se han entregado a las autoridades migratorias.

Si un matrimonio se considera falso, la green card se negará y puede incluso imponerse en los casos más graves castigos de $250.000 multa y prisión de 5 años.

Deportación

La expulsión inmediata en la frontera y la deportación ordenada por un juez llevan aparejadas un castigo de 5, 10 o 20 años, dependiendo del caso.

Podría solicitarse un perdón conocido como I-212 que podría ser aprobado por las autoridades migratorias atendiendo a factores como la razón de la deportación, cuánto tiempo ha pasado desde que se salió de EE.UU. cuánto tiempo se residió en Estados Unidos, buen carácter moral de la persona deportada, responsabilidades familiares, etc.

Además del perdón I-212, si se ha estado ilegalmente en EE.UU por más de 180 días y todavía no ha transcurrido el tiempo de castigo sería necesario pedir conjuntamente el I-601, para lo cual se requiere dureza extrema por parte del ciudadano o residente permanente que pide los papeles para su cónyuge que ha sido deportado.

Asuntos relacionados con un delito de drogas

Excepto en un solo caso, es prácticamente imposible obtener la tarjeta de residencia si la persona para la que se solicita tiene una condena previa por un asunto de drogas.

Condena –en inglés conviction– es un término más amplio en la legislación migratoria que en la criminal. Para las autoridades migratorias hay condena no solo cuando una corte ha dictado sentencia de culpabilidad sino también cuando una persona confiesa o admite en un acuerdo de súplica o negociación sobre culpabilidad, lo que se conoce en inglés como plea bargain.

Esto quiere decir que para Inmigración hay condena incluso en los casos en los que una persona es arrestada y llega a un acuerdo para recibir tratamiento y no va a la cárcel. Aunque puede que en estos casos no exista un récord delictivo, sí hay un récord de drogas desde el punto de vista migratorio y no se puede borrar.

Prácticamente la única posibilidad de sacar la green card cuando existe una condena por drogas es en los casos en los que dicha condena es solamente una y es por posesión de 30 gramos de mariguana o menos destinados a uso personal.

En esos casos de poca mariguana para uso propio sería posible solicitar el perdón por inadmisibilidad I-601 y habría que demostrar que la persona no es un riesgo para nadie y que el cónyuge que pide los papeles, es decir, el ciudadano o el residente permanente, sufriría una situación de dureza extrema si no se aprueba la tarjeta de residencia para su cónyuge extranjero.

Son casos complicados en los que se recomienda asesorarse con un abogado de Inmigración con experiencia en este tipo de perdones.

Condenas o confesiones de delitos

Al igual que sucede con el asunto de las drogas y ya se explicó en ese apartado, para Inmigración hay problema siempre que hay una condena, entendida como sentencia de culpabilidad dictada por una corte o admisión de culpabilidad.

Es decir, una conviction para las autoridades migratorias es más amplia que una condena desde el punto de vista penal. De hecho, puede haber récord migratorio y no haber récord criminal.

Desde el punto de vista migratorio, son relevantes los considerados como delitos agravados y clasificados como inmorales o de turpitude.

Entre los agravados se encuentran desde el asesinato o la violación a fraude o abuso o pelea de animales. Entre los inmorales están desde el asalto a pasearse en un auto robado.

Cuando se solicita la tarjeta de residencia para un cónyuge extranjero entre las planillas a cubrir se encuentran el I-485, cuando se utiliza el trámite de ajuste de estatus, o el DS-260 cuando se tramita a través de un proceso consular.

En ambos documentos se pregunta exhaustivamente por condenas, tanto en EE.UU. como en otros países. Si la condena fue en otro país y no equivale a un delito agravado o inmoral, según las leyes migratorias estadounidenses, deberá argumentarse legalmente en la aplicación por la green card.

Mentir en alguna de las respuestas es un fraude de ley. Si en alguna de las aproximadamente 20 preguntas se responde afirmativamente, será necesario suministrar información adicional sobre el incidente. En este punto es siempre recomendable e incluso imprescindible contar con la asesoría de un buen abogado.

En el caso de condena por un delito inmoral o agravado será posible solicitar el perdón I-601 cuando la persona para la que se pide no es un riesgo para nadie y, además, su cónyuge ciudadano o residente permanente sufriría dureza extrema si la petición de la tarjeta de residencia para su esposo/a no fuera aprobada.

Cabe destacar que para algunos delitos no es posible solicitar el perdón, como por ejemplo, en casos de asesinato o tortura.

Prohibición permanente por regreso no autorizado

Según INA sección 212(a)(9)(C)(i), causan que se prohiba permanente ingresar a EE.UU. a una persona extranjera que:

  • Ingresó legalmente o ilegalmente a EE.UU. y ha estado más de un año en situación de ilegalidad (de una sola vez o acumulado de varias veces), salió del país y más tarde ingresó de nuevo o intentó ingresar.
  • Fue de deportada o expulsada e intentó regresar o regresó a EE.UU. sin haber cumplido el castigo de la remoción o sin haber obtenido previamente un perdón.

Aunque la ley habla de prohibición permanente y no hay un perdón específico para este problema, en el primer caso podría ser posible solicitar al gobierno de los Estados Unidos consentimiento para regresar, tras haber pasado mínimo 10 años en otro país.

En el segundo caso –regresar o intentar regresar después de una remoción– es necesario esperar 20 años.

Además, podría haber otras opciones en los casos de NACARA, solicitud de asilo, WAVA para casos de violencia doméstica, visa U para víctimas de violencia, etc. Asimismo, para los residentes en los estados bajo la autoridad del Noveno Circuito, podría aplicar el waiver I-245.

Todos estos casos son muy complejos y requieren de estudio detallado por parte de un buen abogado.

Otros problemas que provocan negación de green card

Hay más casos que convierten a una persona en inadmisible y, por lo tanto, no puede obtener la tarjeta de residencia, aunque son menos frecuentes, como por ejemplo, espionaje, membresía en un partido comunista, lavado de dinero, pertenencia a las maras, etc.

En algunos casos, sería posible solicitar un waiver, pero debido a su naturaleza se recomienda asesorarse con un abogado.

Este artículo es meramente informativo. No es asesoría legal para ningún caso concreto.

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Rodríguez, María. "¿Qué se puede hacer cuando niegan la residencia por matrimonio?" ThoughtCo, Feb. 16, 2021, thoughtco.com/residencia-matrimonio-ciudadano-todas-dudas-resueltas-1965430. Rodríguez, María. (2021, February 16). ¿Qué se puede hacer cuando niegan la residencia por matrimonio? Retrieved from https://www.thoughtco.com/residencia-matrimonio-ciudadano-todas-dudas-resueltas-1965430 Rodríguez, María. "¿Qué se puede hacer cuando niegan la residencia por matrimonio?" ThoughtCo. https://www.thoughtco.com/residencia-matrimonio-ciudadano-todas-dudas-resueltas-1965430 (accessed March 28, 2024).